Impuestos y donaciones Colombia - Esto tendrán que hacer las Entidades Sin Ánimo de Lucro que quiera
- Juliana Perdomo
- 5 abr 2018
- 1 Min. de lectura
Esta información es importante para las entidades sin ánimo de lucro en Colombia.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) lanzó el sitio web oficial que servirá para que las Entidades Sin Ánimo de Lucro reporten su información financiera y sean evaluadas.
La Dian explicó que cada entidad tendrá que ingresar a su cuenta de usuario registrado en el sitio web oficial de la entidad; seleccionar la opción del SIE e iniciar la presentación de su solicitud al régimen, junto con los documentos y soportes necesarios; la información relacionada con información de los fundadores, de los cargos directivos, gerenciales y de control, donaciones y asignaciones permanentes, se tendrá que incluir mediante el prevalidador o aplicativo disponible aquí y enviar toda la documentación en la pestaña “Presentación de información por envío de archivos”.
Para mayor información ingresando aquí (artículo completo Dinero)
El proyecto de decreto incluye también la reglamentación para que cualquier declarante de renta e impuestos complementarios pueda descontar del pago de dicho impuesto hasta el 25% de la donación que entregue a las entidades autorizadas por la Unidad Administrativa Especial de la Dian.
En cuanto a las Entidades Sin Ánimo de Lucro, tal como lo había establecido la reforma tributaria, tendrán que publicar en la página web dispuesta especialmente por la Dian toda la información sobre su Junta Directiva y directivos, las actividades que realizan, su balance fiscal y la calificación otorgada por la Dian.
Tomado de los artículos publicados la revista Dinero 20180405
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